La Superintendencia de Bancos de Panamá promulgó el Acuerdo No. 7-2026, que modifica el Acuerdo 4-2011 sobre comisiones y recargos. Fue aprobado el 25 de agosto y publicado en la Gaceta Oficial No. 30609 D del 10 de septiembre. Rige desde el 4 de enero de 2027.
Qué cambia
- Se prohíbe cobrar comisión por retiros y depósitos de efectivo hechos presencialmente en cuentas de ahorro o corrientes dentro del horario de atención.
- La gratuidad tiene un límite de alto volumen: depósitos que superen $10,000 mensuales en efectivo, o $5,000 en monedas.
- Se elimina el cobro por cartas de saldo, referencias bancarias, designación o cambio de beneficiarios y confirmación de mensajes SWIFT.
- En hipotecas de vivienda con más de cinco años desde la firma, no puede cobrarse penalidad por abono extraordinario, cancelación anticipada ni traslado del crédito a otro banco.
Lectura de Quantum
Este acuerdo no es solo una medida de protección al consumidor: cambia la economía de la relación bancaria. Dos consecuencias importan a una empresa.
Primera: el costo de cambiar de banco baja. Cuando desaparece la penalidad por traslado en créditos maduros, la fidelidad deja de sostenerse en fricción y pasa a sostenerse en precio y servicio. Para el cliente empresarial esto abre una ventana real de renegociación de tasa que antes no existía sin castigo.
Segunda: el ingreso por comisiones se recompone. Un banco que pierde ingresos en ventanilla los busca en otro lado: spreads, productos empaquetados, servicios de tesorería, o un filtro más estricto en el manejo de efectivo por encima del umbral. Las empresas que operan con volumen de efectivo —comercio, transporte, servicios— deberían revisar desde ya cómo quedan clasificadas frente a los límites de $10,000 y $5,000 mensuales, porque ahí es donde el cargo sigue siendo legítimo.
Qué hacer antes de enero
Recomendamos tres movimientos concretos en los próximos noventa días: inventariar las comisiones que hoy paga la empresa y separar cuáles quedan prohibidas; revisar la antigüedad de las hipotecas y créditos vigentes para identificar cuáles superan los cinco años y quedan libres de penalidad; y preparar el expediente financiero para conversar con al menos dos bancos, porque la ventana de renegociación será más competitiva en el primer trimestre de 2027 que después.
Es un cambio favorable al cliente, pero el beneficio no es automático: lo captura quien llega preparado a la conversación.
Fuentes
- Superintendencia de Bancos de Panamá — Acuerdos y normativa (fuente institucional)
- Gaceta Oficial de Panamá — publicación del Acuerdo (fuente institucional)
- Acuerdo 7-2026 oficial en Gaceta 30609 D — La Estrella de Panamá
- Qué servicios ya no podrán cobrar los bancos — La Prensa
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